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domingo, 17 de enero de 2010

Busca modificar Artículo 40 Constitucional: Listo el Dictamen sobre el carácter laico del Estado

NOTICIAS DEL CIMAC/De la redacción
México, DF 15 ene 10.- A fin de elevar a rango constitucional el carácter laico del Estado mexicano, la próxima semana la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, dará a conocer su dictamen sobre la propuesta elaborada por integrantes de diversos partidos.
Luego de que legisladoras y legisladores de los Partidos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), presentaron el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución para elevar a rango constitucional la laicidad, la Comisión de Puntos Constitucionales, informó que analiza el proyecto y prevé dar a conocer su dictamen en la próxima reunión de trabajo.

El secretario de la comisión, el diputado Jaime Cárdenas Gracia, del Partido del Trabajo (PT), informó que las propuestas que actualmente analizan, coinciden en la necesidad de modificar el artículo 40 de la Constitución, que define las características del Estado.
“Las reformas buscan incluir la palabra laico dentro del texto vigente, además de suscribir en la exposición de motivos algunas definiciones importantes sobre la separación histórica de las iglesias y el Estado. Sobre todo, la insistencia para que en la exposición de motivos se recogiera el principio de que la soberanía reside esencial y originalmente en el pueblo”, precisó.

Por su parte el legislador perredista, Víctor Hugo Círigo Vázquez, solicitó que el nuevo texto contenga una definición clara, sobre el carácter del Estado laico mexicano; pues consideró imprescindible suscribir que los ministros religiosos no podrán oponerse al laicismo que la Constitución determina.
“La laicidad se refiere más a un modelo institucional y a un proyecto intelectual y político, ligado al principio de igualdad. Posibilita la existencia de un Estado que no inculca o impone entre las y los ciudadanos religión o creencia alguna, y se mantiene en absoluta neutralidad frente a ideas o expresiones”, detalló.

El diputado del sol azteca, agregó que esta definición no debe entenderse como antirreligiosa, ya que no pretende socavar la libertad de culto, de religión o de convicciones filosóficas; por el contrario, la laicidad es la condición necesaria para que quienes profesen cualquier religión, o quienes no tengan ninguna, cuenten con un ámbito de libertad.

Emilio Chuayffet Chemor, diputado del PRI, indicó que a pesar de que dentro de la Constitución ya está el laicismo, hace falta una premisa mayor. “Con las modificaciones se pretende garantizar que el Estado, sin tener religión o credo oficial, permita la igualdad jurídica de todas y todos”.

El concepto de “Estado laico”, surgió históricamente de la separación iglesia-Estado que tuvo lugar en Francia a finales del siglo XIX, aunque la separación entre las instituciones del estado y las iglesias u organizaciones religiosas se ha producido, en mayor o menor medida.
Los laicistas consideran que su postura garantiza la libertad de conciencia, además de la no imposición de las normas y valores morales particulares de ninguna religión o de la irreligión. El laicismo es distinto del anticlericalismo en cuanto no condena la existencia de dichos valores religiosos.
10/GTR/LR/LGL

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