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jueves, 25 de marzo de 2010

Las Acciones Colectivas son importantes para la defensa de los consumidores,Enhorabuena se aprobaron!

Hoy es un día importante en la lucha de la defensa de los consumidores. La Cámara de Diputados ha aprobado el uso de Acciones Colectivas. Si no sabes qué es o de qué se trata, aquí te compartimos un breve resumen de la página de los promotores: AlConsumidor.org

SIN JUSTICIA EFECTIVA NO HAY DERECHO QUE VALGA

  • El costo de los juicios individuales es altísimo
  • Los consumidores no pueden pagar un defensor en reclamos de monto pequeño
  • La asimetría entre consumidor y proveedor es enorme
  • El proveedor sigue abusando mientras un juez no lo condene a reparar daños y perjuicios o le impida una conducta
  • Los procesos colectivos permiten que en un solo juicio se resuelvan muchos litigios contra la misma demandada y los afectados son representados por una sola persona u organización sin que tengan que comparecer a juicio los demás
  • La sentencia beneficia a todo el grupo en la misma situación
  • Se repara o impide el daño y el demamdado modifica sus prácticas comerciales o industriales para no ser demandado otra vez.
  • Se combate la impunidad.

LA JUSTICIA EFECTIVA INHIBE EL ABUSO Y LA ILEGALIDAD

  • LA JUSTICIA INDIVIDUAL ES CARA E INEFICIENTE
  • LOS ABUSOS PEQUEÑOS EN MONTO PERO GRANDES EN VOLUMEN NO PUEDEN COMBATIRSE EN TRIBUNALES
  • NINGUN CONSUMIDOR AFECTADO RECURRE A LOS TRIBUNALES PARA DEMANDAR INDIVIDUALMENTE PUES NO HAY ABOGADO QUE LO DEFIENDA POR MONTOS PEQUEÑOS
  • LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES SÍ PUEDEN REPRESENTAR LEGITIMAMENTE A LOS CONSU MIDORES, ORGANIZARLOS Y DEFENDERLOS

¿ACCIONES COLECTIVAS PARA QUÉ?

LAS ACCIONES COLECTIVAS PERMITEN QUE UNA SOLA PERSONA U ORGANIZACIÓN EN REPRESENTACIÓN DE MUCHAS MÁS O DE UNA COLECTIVIDAD INDEFINIDA PRESENTE UNA DEMANDA ANTE EL TRIBUNAL COMPETENTE PARA HACER VALER DERECHOS O INTERESES COLECTIVOS O DIFUSOS.

EN QUÉ MATERIAS PUEDE HABER JUICIOS COLECTIVOS

  • TODAS EN LAS QUE HAYA DE POR MEDIO INTERESES COLECTIVOS QUÉ TUTELAR. POR EJEMPLO:
  • PROTECCION AL CONSUMIDOR COMO DERECHO HUMANO
  • PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE
  • PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO URBANO, ARTISTICO Y CULTURAL
  • COMPETENCIA ECONOMICA LIBRE DE PRACTICAS MONOPOLICAS
  • SERVICIOS PUBLICOS PROVEÍDOS POR EL ESTADO O CONCESIONARIOS.
QUIEN PUEDE REPRESENTAR A LA COLECTIVIDAD
  • PUEDE SER UN MIEMBRO DEL GRUPO AFECTADO O INTERESADO EN EVITAR UN DAÑO
  • UNA ORGANIZACIÓN CIVIL CUYO OBJETO SOCIAL ES DEFENDER ALGUNA CAUSA DE INTERÉS PUBLICO COMO CONSUMIDORES, ECOLOGÍA, PATRIMONIO CULTURAL, DERECHOS HUMANOS.
  • UNA ENTIDAD PUBLICA COMO PROFECO, COFEPRIS, PROFEPA
QUIENES PUEDEN LEGISLAR Y CONOCER DE PROCESOS COLECTIV OS
CONFORME A LA REFORMA PROPUESTA:
  • SOLAMENTE EL CONGRESO DE LA UNION
  • SOLAMENTE LOS TRIBUNALES FEDERALES

QUE EFECTOS TENDRÍA UNA SENTENCIA COLECTIVA

  • LA COSA JUZGADA APLICARÍA A TODA LA COLECTIVIDAD O GRUPO AFECTADO AUN CUANDO NO HAYAN COMPARECIDO A JUICIO.
  • SI GANAN SE BENEFICIAN. SI PIERDE EL CASO EL REPRESENTANTE PERO SU DEFENSA FUE ADECUADA,PIERDE TODO EL GRUPO.
  • SI EL REPRESENTANTE NO ES ADECUADO O APARECEN PRUEBAS SUPERVENIENTES, PUEDE INICIARSE UNA NUEVA DEMANDA
DEMANDAS FRIVOLAS, TEMERARIAS.
  • SE DESECHAN
  • SE SANCIONA AL REPRESENTANTE IMPIDIENDOLE VOLVER A REPRESENTAR A GRUPO ALGUNO EN JUICIO
  • PAGA GASTOS Y COSTAS JUDICIALES

QUE TIPO DE SENTENCIAS PUEDE DICTAR UN JUEZ EN ESTOS PROCESOS

UNA SENTENCIA DECLARATIVA:
  • Que un Contrato es nulo por abusivo
  • Que una práctica comercial es engañosa y perjudicial
  • Que un proveedor incumplió sus obligaciones
UNA SENTENCIA PREVENTIVA
  • Frenando o prohibiendo un acto peligroso
  • Retirando del mercado un producto dañino
  • Impidiendo la tala de arboles
O bien sentencias que son

INDEMNIZATORIAS

  • Condenan al pago de daños y perjuicios
  • Ordenan la reparación del bien publico deteriorado o el derecho vulnerado
  • Entonces sí se apersonan los afectados para exigir la ejecución de la sentencia, o sea el pago de la indemnización.
IMPACTO DE LA JUSTICIA COLECTIVA
  • LOS DERECHOS PASAN DE SER RETORICA A SER REALIDAD
  • SE COMBATE LA IMPUNIDAD Y CON ELLA EL ABUSO Y LA LEY DEL MAS FUERTE
  • SE REIVINDICA EL ESTADO DE DERECHO TAN AUSENTE EN TODO EL SIGLO XX EN MEXICO
  • SE INCENTIVAN LAS BUENAS PRACTICAS COMERCIALES Y GUBERNAMENTALES
  • SE DISUADE AL INFRACTOR SISTEMICO
  • SE CREA UN CIRCULO VIRTUOSO EN LA ECONOMÍA Y EN LA SOCIEDAD

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