Difusión Cencos México D.F., 18 de septiembre de 2012
La crisis que vive la UACM deriva del conflicto electoral relativo a la
renovación del Consejo Universitario, máximo órgano de gobierno de la
institución. Dicho conflicto surge, sobre todo, a raíz de las
resoluciones del Consejo Electoral, órgano encargado de calificar la
elección.
El Consejo Electoral fue ilegal desde su conformación y, por tanto, sus
resoluciones no tienen validez legal. Su constitución está determinada
en la “Convocatoria para cubrir las vacantes del Colegio Electoral”
discutida, y aprobada, en la Segunda Sesión Ordinaria del Segundo
Consejo Universitario de la UACM, realizada el 20 de abril de 2012.
El dictamen de la convocatoria en cuestión fue trabajado, aprobado y
presentado desde el 2 marzo de 2012 por la Comisión de Asuntos
Legislativos.
En lo referente al Consejo Electoral, la convocatoria que presentó la Comisión de Asuntos Legislativos señala textualmente:
El consejo Electoral es el órgano que conocerá y resolverá en forma definitiva las impugnaciones que se presenten en el proceso electoral. Estará integrado por dos miembros del Consejo Universitario y dos miembros del Colegio Electoral designados por el Pleno de dichos órganos; y el Secretario Técnico de la Comisión de Organización del Consejo Universitario, quien lo será también de este órgano.
El consejo Electoral es el órgano que conocerá y resolverá en forma definitiva las impugnaciones que se presenten en el proceso electoral. Estará integrado por dos miembros del Consejo Universitario y dos miembros del Colegio Electoral designados por el Pleno de dichos órganos; y el Secretario Técnico de la Comisión de Organización del Consejo Universitario, quien lo será también de este órgano.
A pesar de que el pleno del Consejo, en sesión del 20 de abril, sólo
modificó las fechas de la convocatoria a los procesos que determinan la
elección, y aprobó que el número de integrantes del Consejo Electoral
fuera de cinco; el Consejo Electoral que resolvió las impugnaciones de
la elección sólo estuvo compuesto por tres personas, todas ellas
integrantes del Segundo Consejo Universitario y cercanas a la rectora
Esther Orozco Orozco.
Llama la atención que en la minuta del Consejo Electoral se alude a que
la Convocatoria ya mencionada establece que el Consejo Electoral “…
estará integrado por dos miembros del Consejo Universitario; [sic] y el
Secretario Técnico de la Comisión de Organización del Consejo
Universitario; por lo que el número de integrantes del órgano solo es de
tres miembros…” Es decir, no se respetó lo acordado por el Pleno del
máximo órgano de gobierno de la Universidad.
Pero no sólo eso, el Acta de Acuerdos de la Segunda Sesión Ordinaria,
en el Acuerdo UACM/CU-2/OR-02/013/12 , incluye una versión alterada de
la Convocatoria aprobada por el Pleno. Además de los cambios de fechas
que sí fueron autorizados, la Convocatoria citada en el Acta de Acuerdos
presenta modificaciones con respecto a la original que no fueron
mencionadas, discutidas ni aprobadas por el Pleno en dicha sesión.
Las alteraciones a la Convocatoria aprobada por el Pleno del CU ofrecen
un falso sustento legal para el funcionamiento de Consejo Electoral que
resolvió, a favor de planillas afines a rectoría, y en contra de
planillas explícita y públicamente críticas de la administración de
Esther Orozco.
Los tres integrantes de ese Consejo Electoral ilegal fueron:
1. Adalberto Robles Valadez, Secretario Técnico de la Comisión de
Organización del Segundo CU. Dicha Comisión es la responsable de
elaborar y publicar los acuerdos del Consejo Universitario, es decir, es
responsable directa de las alteraciones denunciadas.
2. Julio César Chávez Bravo, Consejero Estudiantil, fue
precandidato a una diputación por el PRD en Ecatepec, partido en el que
milita Esther Orozco. Julio César Chávez ha levantado denuncias ante la
Contraloría contra profesores críticos a la administración. También es
reconocido por la comunidad universitaria como incondicional de la
rectora Orozco.
3. Luis Miguel Hernández Ruiz, Consejero Estudiantil, quien,
también pertenecía a la Comisión de Organización. Como acepta el propio
ICyT-DF, Luis Miguel Hernández cobra en dicha entidad desde mayo del
2011 (Ver Anexo 6). Desde mayo de 2011 Luis Miguel Hernández votó en el
Pleno del Consejo Universitario consistentemente por las propuestas
afines a la rectora.
Tras sesionar en la absoluta secrecía, este “Consejo Electoral”
determinó publicar una “lista definitiva de consejeros” que, en lugar de
respetar los resultados plasmados en las actas de escrutinio, eliminó 9
de los candidatos ganadores en urnas (todos explícitamente críticos a
Orozco) y, en su lugar, impuso a 5 candidatos que no fueron favorecidos
con el voto, pero sí con la discreción de estos tres individuos.
Los criterios con los que este “Consejo Electoral” resolvió las impugnaciones fueron inconsistentes y absurdos, pues en algunos casos, por la misma causal, declararon vacantes los lugares, y en otros, otorgaron el escaño a los candidatos que quedaron en tercer e incluso en cuarto lugar.
Los criterios con los que este “Consejo Electoral” resolvió las impugnaciones fueron inconsistentes y absurdos, pues en algunos casos, por la misma causal, declararon vacantes los lugares, y en otros, otorgaron el escaño a los candidatos que quedaron en tercer e incluso en cuarto lugar.
Por lo anterior, señalamos lo siguiente:
1. La conformación del “Consejo Electoral” fue ilegal porque no integró miembros del Colegio Electoral (órgano encargado de organizar la elección) y porque su designación no pasó por el Pleno del CU.
1. La conformación del “Consejo Electoral” fue ilegal porque no integró miembros del Colegio Electoral (órgano encargado de organizar la elección) y porque su designación no pasó por el Pleno del CU.
2. La conformación del “Consejo Electoral” fue dolosa y fraudulenta, pues se basó en la alteración de acuerdos del CU.
3. El “Consejo Electoral” carece de probidad, por los antecedentes de los tres individuos que lo integraron.
4. El funcionamiento del “Consejo Electoral” fue turbio por la falta de transparencia en su sesión.
5. Los “criterios” con que trabajó el “Colegio Electoral” en la
revisión y resolución de impugnaciones no sólo son absurdos e
inconsistentes sino que, además, atentan contra derechos garantizados en
la Constitución, tales como el derecho de réplica.
Así, pues, al haber sido el “Consejo Electoral” ilegal y sus
resoluciones inválidas, el último acto legal en la elección del Tercer
Consejo Universitario de la UACM es el realizado por el Colegio
Electoral al levantar las actas de escrutinio, dado que dicho órgano sí
fue electo y constituido por el Pleno del CU de acuerdo con la
Convocatoria y su funcionamiento fue observado con atención y,
finalmente, reconocido por la comunidad universitaria.
Ex integrantes del Segundo Consejo Universitario
Descarga los documentos de la conformación ilegal del Consejo Electoral en el caso de la elección del Tercer Consejo Universitario de la UACM
Video Conferencia de Prensa: Alteración de Acta de acuerdos en elección de Consejo Universitario UACM
Video de lo tratado en CENCOS
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Ciudad de México a 18 de septiembre de 2012
Mayor información en:
Más sobre el conflicto en la UACM
Información difundida por el Área de Comunicación y Visibilidad de Cencos
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