Eleconomista.com ¿Usted conduce auto o moto y no tiene un seguro de daños a
terceros?
Ahora será obligatorio contratar uno si quiere viajar por carretera.
La Cámara de Diputados aprobó en marzo algunas modificaciones a la
Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal que harán obligatorio a
todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales,
contratar un seguro que responda por los perjuicios causados a otro
vehículo o personas en caso de algún accidente.
De manera que, si usted no tiene esta protección, deberá contratarla, aunque salga a carretera sólo una vez al año.
Según el dictamen que se espera que sea publicado en el Diario
Oficial de la Federación en los próximos días, los usuarios que no
cumplan con esta nueva regla tendrán multas de entre 20 y 40 días de
salario mínimo (de 1,295 a 2,590 pesos actuales).
La Policía Federal será la responsable de verificar el cumplimiento
de esta norma. Sin embargo, para evitar prácticas deshonestas, los
conductores sólo podrán ser detenidos a partir de las inspecciones
regulares que hoy en día se aplican en las carreteras, cuando se
infrinjan disposiciones del Reglamento de Tránsito o cuando haya
accidentes.
DÍAS DE GRACIA PARA EVITAR
LA MULTA
En caso de que el vehículo no cuente con la póliza de seguro, la
autoridad impondría la multa correspondiente, misma que sería cancelada
si se demuestra la contratación del seguro en un plazo no mayor a 45
días, indica el dictamen.
“Si el conductor demuestra que contrató el seguro en ese plazo, ya no se le aplicará la infracción, pero eso no quiere decir que el nuevo seguro cubra un siniestro pasado. En este caso, el conductor no pagaría la multa, pero sí los daños causados por el accidente”, aclaró Recaredo Arias, presidente de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS).
“Esta medida generaría importantes beneficios al liberar alrededor de
121,000 millones de pesos anuales del Presupuesto de Egresos de la
Federación que se dedican a cubrir las consecuencias de accidentes
viales cuando el causante no cuenta con recursos para hacerlo”,
argumenta el dictamen.
José Refugio Muñoz López, secretario Técnico de la Comisión de
Transportes de la Cámara de Diputados, expuso que actualmente, sólo en
uno de cada cuatro casos, el causante del accidente puede cubrir los
daños.
EL COSTO DE LA PÓLIZA
A decir de Recaredo Arias, presidente de la AMIS, el costo de este
seguro podría ser de 900 a 1,100 pesos al año, pues la idea es que el
seguro cueste menos que la multa.
“El costo de este seguro irá ligado a la zona geográfica y a la
estadística de accidentes de cada zona donde se contrate”, declaró.
¿QUÉ PASA CON EL SEGURO DE CAMINOS Y PUENTES FEDERALES?
“Quienes circulen por las autopistas que opera Caminos y Puentes Federales (Capufe) seguirán contando con su seguro de responsabilidad civil.
No se tiene contemplado eliminar esta protección”, afirmó Gustavo
Silva Romero, supervisor en la Subgerencia de Seguro de Usuario de
Capufe.
El seguro que Capufe contrata para sus usuarios cubre: 1) daños
originados por desperfectos en el camino y 2) daños originados por los
conductores a la autopista, al vehículo de terceros y gastos médicos de
los afectados.
“En caso de un accidente, los dos seguros (el de Capufe y el del particular) responderían por los daños ocasionados en partes iguales hasta que se agote el seguro con la cobertura más baja. El seguro que tenga el tope más alto seguiría pagando el resto de los daños hasta la suma máxima asegurada”, explicó Silva Romero. Sin embargo, no todas las carreteras en el país tienen esta protección.
“El propósito del seguro obligatorio es proteger a los conductores
aun cuando no circulen por carreteras de cuota”, comentó Miguel Ángel
Coello, director Ejecutivo de Automóviles y Riesgo Sencillo de Mapfre.
El decreto entrará en vigor a los 180 días siguientes de que se hayan
publicado en el Diario Oficial de la Federación las disposiciones
administrativas que fijen los términos del contrato de seguro.
Después de eso, el Ejecutivo federal y la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público tienen otros 180 días a partir de la entrada en vigor,
para adecuar las disposiciones reglamentarias necesarias.
Si tengo seguro, ¿debo contratar otro para carretera?
No. todos los seguros de automóviles cubren en cualquier camino del
país, tanto en carreteras federales, como en ciudades, explicó Miguel
Ángel Coello, director de Automóviles y Riesgo Sencillo de Mapfre.
Aunque todavía no están definidas las características del producto,
“lo más normal será que las compañías vendamos productos que cubran
tanto en carreteras, como en ciudades”, agregó.
“Hay personas que no saben si este año van a salir a carretera, por
eso, lo mejor será que los usuarios compren su seguro y estén asegurados
tanto en carretera como en ciudad”, expuso el especialista.
Puntos clave
- La autoridad sólo podrá pedir al conductor que muestre su póliza cuando haya inspecciones regulares, se cometa una infracción o haya un accidente.
- La medida aplica para todos los vehículos automotores que transiten a través de vías, caminos y puentes federales.
- El seguro que debe tener el conductor debe amparar por lo menos daños a terceros.
- Si el vehículo no tiene póliza, la multa será de 20 a 40 días de salario mínimo.
- Cuando el conductor demuestre la contratación de un seguro en un plazo máximo de 45 días, la infracción podrá ser cancelada.
- La medida comenzará a operar a más tardar en 360 días a partir de su publicación en el DOF.
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