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martes, 18 de agosto de 2015

10 multas para considerar en el nuevo Reglamento de Tránsito del DF

10 multas que debes considerar en el nuevo reglamento de tránsito del DF

Redacción 24 HORAS Agosto 17, 2015  3:59 pm

Foto: Cuartoscuro | Archivo
 
Estas son las 10 multas que debes tener en cuenta con el nuevo reglamento:
 
1. Las multas por  hablar por celular mientras conducen van hasta dos mil 400 pesos. Debido a que esta es la primera causa que ocasiona accidentes en la ciudad.
 

2. Establece que cuando un vehículo motorizado utilice las aceras peatonales o las zonas de preferencia de paso a los mismos, se hará acreedor a una multa de hasta mil 200 pesos y tres puntos negativos en su licencia de conducir.
 
3. También hay una nueva sanción, que es utilizar parlantes o producir ruido excesivo con aparatos para preproducción de música, así como instalar televisores o pantallas de cualquier tipo de video en la parte delantera de la unidad. La sanción por ello es de mil 200 pesos.
 
4. Cuando un peatón sea atropellado por un vehículo motorizado o uno no motorizado, podrá exigir que el conductor sea remitido al Juzgado Cívico, donde se le impondrán sanciones de hasta mil 200 pesos o un arresto de 24 horas.
 
5. En tanto, los automovilistas que viajen con niños menores de 12 años en la parte delantera del vehículo serán sancionado hasta con mil 800 pesos y serán remitidos al corralón.
 
6. Conductores que no respeten la preferencia de paso y prioridad a peatones:
 
-Vehículos particulares: 10 a 20 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir de 699.5 a  mil 399 pesos.
 
-Transporte de carga: 40 a 60 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir de dos mil 798 a  cuatro mil 197 pesos.
 
-Transporte público de pasajeros: 60 a 80 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir de cuatro mil 197 a cinco mil 596 pesos.
 
7. Insultar a policías que agilizan tránsito y aplican sanciones del Reglamento:
 
20 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir de mil 399 a dos mil 098 pesos.
 
8. Colocar o instalar cualquier objeto o señalización para reservar espacios de estacionamiento en la vía pública sin la autorización correspondiente:
 
11 a 20 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir 769 a mil 399 pesos o de 13 a 24 horas de arresto administrativo y el retiro de los elementos incorporados.
 
9. Vehículos que tengan sistemas antirradares o detector de radares de velocidad:
 
40 a 50 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir de dos mil 798 a tres mil 497 pesos y remisión del auto al corralón.
 
10. Circular sin placa, constancia de verificación, calcomanía o tarjeta de circulación:
 
20 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir de mil 399 a dos mil 098 pesos
 
11.  No portar póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, que ampare al menos la responsabilidad civil por daños a terceros en su persona y en su patrimonio:
 
-Vehículo particular: 20 a 40 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir de mil 399 a dos mil 798 pesos.
 
-Concesionario de unidad de transporte de carga, 40 a 60 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir de dos mil 798 pesos a cuatro mil 197 pesos y remisión del vehículo al depósito.
 
-Concesionario de unidad de transporte público de pasajeros 60 a 80 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir de cuatro mil 197 pesos a cinco mil 596 pesos  y remisión del vehículo al depósito.
 

Sanciones para peatones 

Por su parte, los peatones también deberán acatar las indicaciones de los agentes de Tránsito, entre las que se encuentran: evitar sujetarse a vehículos motorizados, ceder del paso a vehículos de emergencia, cruzar por esquinas o cruces peatonales, utilizar pasos a desnivel peatonales y si utilizan vehículos recreativos dar preferencia a los demás peatones. De no hacerlo, serán amonestados.

Sanciones para motociclistas 

Asimismo, establece sanciones para los motociclistas: les prohíbe llevar niños menores de 12 años, transportar un pasajero entre el conductor  y el manubrio. En caso de no obedecer la sanción será de hasta mil 200 pesos y tres puntos de penalización en la licencia.
 

Límites de velocidad

En los carriles centrales de las vías de acceso controlado la velocidad máxima será de 80 kilómetros por hora.
 
En vías primarias la velocidad máxima será de 50 kilómetros por hora.
 
En vías secundarias incluyendo las laterales de vías de acceso controlado, la velocidad máxima será de 40 kilómetros por hora.
 
En zonas de tránsito calmado la velocidad será de 30 kilómetros por hora.
 
En zonas escolares, de hospitales, de asilos, de albergues y casas hogar, la velocidad máxima será de 20 kilómetros por hora.
 
Incumplir con los límites de velocidad anteriores implica una multa de 10 a 20 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, es decir de 699  a mil 399 pesos.
 
El reglamento será publicado esta tarde en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y entrará en vigor en 120 días.

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