estados de conflictos o alteraciones diversas de mayor peligropara la seguridad interior.
movimientos o conflictos de carácter político, electoral, de índole social o del trabajo, cuando se considere que constituyan un desafío o una amenaza a la seguridad interior; el dar a soldados, marinos y agentes del Cisen atribuciones para intervenir comunicaciones telefónicas e integrar expedientes confidenciales, incluso de carácter político; el facultar a las fuerzas armadas la atribución de restringir la circulación de mercancías y vehículos, así como revisar las pertenencias de particulares en las calles; requerir información a los civiles,
con cualquier herramienta que resulte necesaria, y el permitir a los efectivos de la Marina, del Ejército y del Cisen contar con informantes anónimos y que, en sus tareas de inteligencia y contrainteligencia, hagan uso
de cualquier método de recolección de información.
en todo lugar y momento, la paz (en contraposición a la guerra) es relativa, y la pretensión de que la fuerza armada debe participar,
como coordinadora de acciones para enfrentar un desafío o una amenaza que, sin llegar al extremo de la restricción o suspensión de derechos humanos y sus garantías, requiere atención inmediata y eficaz que los cuerpos policiacos preventivos y las autoridades civiles no están capacitados para proporcionar.
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjhDm3MK8ibWwZBneUR4cdrzU0RZYd1KP02IZPCOlbOPPr6QtOmZpuieLpRGot4nXbnWZKsLv2N7A0LDBQ_aoGGJXwu5RBF6pxnXqsuDvF5pmZ58_0PsfJ7t3L3iCYE3ETOw1f17AnLlbc/s400/fisgon-reforma-SeguridadNacional.jpg)
Finalmente, sería doblemente trágico que, tras la pérdida de la seguridad pública provocada por los malos resultados de la estrategia gubernamental contra la delincuencia organizada, la ciudadanía tuviera que enfrentar una grave e injustificable afectación a sus libertades y garantías individuales, como consecuencia de una reforma legal de dudosa utilidad para enfrentar a la delincuencia, pero de consecuencias inevitablemente desastrosas para los derechos humanos, para la libertad y para las perspectivas de la democracia en el país.
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhLhwakW9kc7KQ2ucJ04NcwZwddsUON6_EG5ixbrstbvcUk4YELM0qgjumA0vBa7mXTj636HxLBgtOPOmGRJjLcjYjeD3TozRTjVMau_KrUGjd1FTxmlahHbA-OzF47nlqMFywUAaA-E8g/s400/helguera-para_decir_algo_Seguridad_Nacional.jpg)
“quebrantado la tranquilidad y el orden sociales”, es decir, que constituyan
“una afectación a la seguridad interior”para que, manteniendo la paz, es decir, la ausencia de guerra, o los
“grises”, el comandante Calderón tome medidas extraordinarias sin consultarlas con nadie, ni congreso ni sociedad. De aprobarse esa pretensión, hoy mismo podría actuar militarmente, conforme al estado de ánimo con que amaneciera o anocheciera, en varias entidades (Tamaulipas, Chihuahua, Michoacán, por citar casos notables), al amparo de la teoría castrense de la relatividad a conveniencia. Leer toda esta advertencia en: Julio Hernández López: Astillero
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