se regirá por el derecho común de España, se definióEl contrato impone candados para garantizar que se mantenga la tenencia accionaria en la petrolera ibérica
Esta semana el consejo de administración de la paraestatal analizará el convenio
cualquier controversia que pueda surgiren relación con el acuerdo
se regirá por el derecho común de España.
La versión final del contrato signado el 29 de agosto de 2011 en Madrid, y que apenas esta semana que comienza será entregado al consejo de administración de Pemex, máximo órgano de gobierno de la paraestatal para su análisis, también determina:
La resolución de cuantas controversias, conflictos, desacuerdos o demandas que surjan del presente acuerdo o en relación con el mismo se someterán a los juzgados y tribunales de Madrid capital.
La
versión firmadel contrato, cuya copia posee La Jornada, también detalla que en caso de que alguno de los accionistas (Pemex o Sacyr) incurra en incumplimiento por acción u omisión, se deberá resarcir el daño en un plazo de 30 días y exigir los daños y perjuicios, costes, reclamaciones, pérdidas o gastos que sufran o en los que incurran a consecuencia del incumplimiento.
El acuerdo tendrá una vigencia de 10 años, y se prorrogará automáticamente por plazos sucesivos de cinco años.
Después de que Pemex realizó este contrato de manera sigilosa y a espaldas del consejo de administración, el acuerdo impone diversos candados para garantizar el mantenimiento de la tenencia accionaria en la española Repsol.
El aumento de la participación de Pemex en el capital social de Repsol YPF, de la mano de la constructora española Sacyr Vallehermoso, fue anunciado el lunes pasado, después de que había sido signado por los representantes de ambas empresas. La operación llevó del 4.8 por ciento inicial a 9.8 el monto de las acciones de la petrolera española bajo control de la paraestatal mexicana.
Ninguna de las partes podrá vender o disponer, total o parcialmente de su participación o derechos de voto en Repsol... ni conceder un derecho para la adquisición de dicha participación, total o parcial, durante un periodo de tres años, a contar desde este 29 de agosto.
acuerdo de accionistas de la sociedad Repsol YPF, SA, también determina que en caso de que alguna de las partes decida vender una fracción de su participación en la empresa española, en cualquier momento durante la vigencia del acuerdo, deberá con anterioridad ofrecer a la otra parte la opción de adquirir dicha participación.
La no observancia de la presente cláusula se entenderá como un incumplimiento grave, agrega.
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